EL PUERTO.- El Juzgado de Primera Instancia número 1 de El Puerto de Santa María ha desestimado la demanda interpuesta por el titular del equipo técnico de la ARG-04 contra los vecinos de la urbanización Winthuyssen-La Caridad. Se resuelve así un contencioso derivado de la demanda que interpuso el arquitecto contra estos vecinos que contrataron sus servicios para la Junta de Compensación de la ARG-04, y que rescindieron el contrato con BRB Arquitectura en 2018 por desavenencias con la actuación del arquitecto.

El asunto se remonta al año 2018, cuando los vecinos alzaron la voz ante lo que consideraban “una gestión de sus terrenos demasiado costosa y sin embargo poco eficaz urbanísticamente”. Ante ello, BRB Arquitectura demandó a los propietarios por considerar que habían rescindido el contrato para la gestión urbanística “de forma unilateral y sin causa alguna”, y reclamando por ello el pago de gran parte de los trabajos aún pendientes de realizar, en virtud de lo que el arquitecto consideraba –según los vecinos– “una cláusula penal” introducida en el contrato.


Ante ello, los vecinos no sólo se opusieron judicialmente a esta demanda de pago, sino que formularon una demanda reconvencional negándose al pago y solicitando la devolución de lo abonado hasta el momento, correspondiente a la redacción del Plan Especial de Reforma Interior (PERI) de la Urbanización, así como la propia gestión de la Junta de Compensación, encargando su defensa judicial al abogado urbanista Raúl García Aguilar.

Una vez celebrado el procedimiento el Juzgado ha considerado demostrado que “la resolución del contrato planteada por los propietarios estuvo plenamente justificada”, según recoge la sentencia. Y que, por el contrario, no le es exigible pago adicional alguno a favor de BRB Arquitectura, debido “a las serias deficiencias cometidas por este equipo técnico, que abarcaban desde los serios errores en el PERI, relevantes deficiencias en el cómputo de votos en las asambleas y posterior traslado de esas votaciones a las actas, o la desatención a las legítimas solicitudes de información por parte de los vecinos, por no considerarlos ‘doctum’ en la materia”, según explican los vecinos a colación de la sentencia. Y como resultado de todo ello. El Juzgado habría rechazado la demanda del arquitecto y estimado íntegramente la de la Junta de Compensación ARG-04, condenando al arquitecto al abono de todas las costas.

Finalmente, y según han manifestado a El Puerto Actualidad “ahora los propietarios ven finalmente respaldadas sus peticiones de una gestión más transparente, acorde a los legítimos intereses de los propietarios de los terrenos que quieren urbanizar, y todo ello de forma acorde al verdadero desarrollo urbanístico de la ciudad, a pesar de que siempre insistieron querer alcanzar una solución dialogada y de buena fe, no sólo por considerar que el arquitecto debería comprender las apelaciones que los vecinos sobre el destino de sus tierras y la gestión responsable y prudente de los desembolsos tan importantes para ellos, más aún dado que es notoria la labor que este arquitecto también realiza para ONG en defensa de la causa saharaui etc., y no tener que haberse visto obligados a solicitar el auxilio de la Administración de Justicia, como finalmente ha ocurrido con éxito”.

La sentencia aún puede ser recurrida en los próximos días ante la Audiencia Provincial.