
Casco, seguro y multas de hasta 1.000 euros para los patinetes en El Puerto.
El Pleno del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María ha aprobado inicialmente este viernes la nueva Ordenanza Municipal de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), una normativa destinada a regular el uso de patinetes eléctricos y otros vehículos similares en la ciudad y que establece nuevas obligaciones en materia de circulación, seguridad y estacionamiento.
Entre las principales novedades, la ordenanza fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP y establece como obligatorio el uso de casco homologado o certificado, además de contar con un seguro de responsabilidad civil.
La normativa municipal pretende adaptar la regulación local al incremento del uso de este tipo de vehículos y complementar las disposiciones estatales de la Dirección General de Tráfico (DGT), incorporando condiciones específicas de circulación, requisitos técnicos, obligaciones para los usuarios y un régimen sancionador.
Los VMP deberán cumplir los requisitos técnicos establecidos por la normativa estatal y no podrán ser manipulados para aumentar su velocidad o potencia.
La ordenanza establece una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora en calzadas urbanas y carriles bici segregados. En las aceras-bici, zonas peatonales y espacios de prioridad peatonal en los que esté autorizada su circulación, el límite será de 10 kilómetros por hora, manteniendo siempre la prioridad de los peatones.
En los pasos de peatones, los usuarios estarán obligados a bajarse del vehículo y realizar el cruce andando.

La regulación prohíbe además la circulación de VMP por aceras, paseos marítimos, parques y espacios reservados exclusivamente para peatones, salvo que exista una autorización expresa mediante señalización.
También estará prohibido utilizar el teléfono móvil o auriculares mientras se conduce, circular bajo los efectos del alcohol o las drogas, transportar pasajeros o animales y realizar maniobras que puedan poner en riesgo a otros usuarios de la vía.
El teniente de alcalde de Seguridad y Policía Local, Jesús Garay, ha defendido la necesidad de establecer unas reglas específicas ante la creciente presencia de estos vehículos en la ciudad. Según ha señalado, el objetivo es compatibilizar su utilización con la seguridad vial y la convivencia en el espacio público.
La ordenanza también regula de forma específica el estacionamiento de los patinetes eléctricos. No podrán dejarse en aceras, pasos de peatones, carriles bici o paradas de transporte público, ni podrán amarrarse a árboles, farolas, señales u otros elementos del mobiliario urbano.
Los usuarios deberán recurrir preferentemente a los espacios habilitados específicamente para VMP. Cuando estos no existan o se encuentren ocupados, podrán utilizarse determinados espacios destinados a bicicletas, ciclomotores o motocicletas siempre que las características del lugar lo permitan.
La regulación alcanza igualmente a las actividades económicas relacionadas con los VMP, como los servicios de alquiler o las rutas turísticas, que estarán sometidas a autorización municipal previa.
En el caso de las rutas organizadas, los grupos estarán limitados a un máximo de diez vehículos y deberán circular de manera ordenada, sin ocupar todo el ancho de la vía ni obstaculizar al resto de usuarios.

Multas de hasta 1.000 euros
El nuevo reglamento incorpora asimismo un régimen sancionador con multas que oscilarán entre los 80 y los 500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Las sanciones podrán alcanzar los 1.000 euros en determinados supuestos especialmente graves, entre ellos conducir bajo los efectos del alcohol o negarse a realizar las correspondientes pruebas de detección.
El Ayuntamiento pretende con esta regulación ordenar la incorporación de estos nuevos sistemas de movilidad a las calles de El Puerto, compatibilizando su utilización con la protección de los peatones, la seguridad vial y el uso adecuado del espacio público.
Aprobación inicial
La decisión adoptada por el Pleno supone todavía una aprobación inicial. La ordenanza deberá continuar ahora su tramitación administrativa y someterse al correspondiente periodo de información pública antes de poder alcanzar su aprobación definitiva.
Una vez aprobada definitivamente y publicado íntegramente su contenido en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, la ordenanza entrará en vigor transcurrido el plazo legal previsto desde dicha publicación.
Hasta entonces, las nuevas obligaciones y sanciones recogidas en el texto no deben considerarse todavía en vigor.













