El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María prepara una actualización integral de su Reglamento de Protocolo, Ceremonial, Honores y Distinciones, con la intención de adaptar la normativa a las actuales necesidades institucionales y reunir en un único marco materias que hasta ahora aparecían dispersas o no estaban desarrolladas de forma completa.

La nueva regulación pretende establecer un texto más claro, ordenado y homogéneo, que abarque desde la simbología oficial y la identidad de la ciudad hasta el ceremonial, las precedencias, la organización de actos municipales y el régimen de honores y distinciones.

Entre las principales novedades figura una regulación más detallada de los títulos de la ciudad, el Escudo y la Bandera, así como del Bastón de Mando, las medallas de Alcaldía y de la Corporación y la figura tradicional de los Maceros.

El nuevo Reglamento también concretará las normas relativas a la presidencia y organización de los actos municipales, las precedencias institucionales y la presencia del Ayuntamiento en las celebraciones tradicionales de El Puerto.



Uno de los apartados con mayores cambios será el correspondiente a los honores y distinciones municipales. La normativa recogerá expresamente los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo, los miembros honorarios de la Corporación, la Medalla de Oro, la Llave de la Ciudad y el título de Visitante Ilustre.

Especial relevancia tendrá la modificación del régimen de la Medalla de Oro de la Ciudad, ya que el nuevo texto establece que podrán concederse hasta un máximo de ocho en un mismo año.

Este reconocimiento podrá otorgarse a ciudadanos, personalidades, grupos, colectivos, asociaciones, empresas, entidades, instituciones o corporaciones que acrediten méritos extraordinarios, hayan prestado servicios relevantes a El Puerto o hayan contribuido de forma significativa al prestigio de la ciudad.

La regulación contempla igualmente la posibilidad de reconocer a colectivos sin personalidad jurídica, siempre que concurran méritos suficientes para justificar la concesión de la distinción.

El Reglamento establecerá además límites y procedimientos más definidos para tramitar estos reconocimientos, con el objetivo declarado de reforzar la seguridad jurídica, la transparencia y la objetividad en su concesión.

En el caso de los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo, se mantiene su consideración como las máximas distinciones municipales y se establece un criterio especialmente restrictivo para preservar su carácter excepcional.

Otra de las novedades será la creación del Libro de Oro de la Ciudad, en el que podrán dejar su firma personalidades relevantes que visiten la Casa Consistorial como recuerdo de su vinculación institucional con El Puerto.

La reforma busca así dotar al Ayuntamiento de un marco normativo único y actualizado que compatibilice la conservación de las tradiciones institucionales de El Puerto de Santa María con una regulación más precisa de los actos públicos y de los reconocimientos que concede la ciudad.