La portuense Blanca Núñez ha conseguido que el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) confirme que su finca estuvo mal valorada como urbana durante más de 15 años, lo que le generó un IBI desorbitado, deudas que no existían y hasta embargos en su familia. Ella define todo aquel periodo como “una pesadilla”.

La resolución, dictada en julio de 2025, establece que la clasificación urbana aplicada no tenía base legal al apoyarse en un PGOU anulado de raíz, por lo que la finca debe tratarse según el PGOU de 1992, es decir, como suelo rústico. Blanca ya recuperó en 2014 más de 100.000 euros, y su caso abre la posibilidad de que muchos vecinos de los diseminados puedan reclamar lo pagado de más.



El conflicto empezó en 2011, con Enrique Moresco (PP) como alcalde de El Puerto, cuando un primer fallo del TEAC indicó que su parcela debía valorarse como rústica. Catastro tardó dos años en aplicar esa decisión —no lo hizo hasta agosto de 2013— y en 2014 la administración llegó a embargar los bienes de su madre, pese a existir ya una resolución firme a su favor.

En 2015, cuando gobernaba David de la Encina (PSOE), Catastro y Ayuntamiento volvieron a reclasificar la finca como urbana, con un valor de dos millones de euros, basándose en un PGOU que finalmente nunca se aprobaría. Entre 2020 y 2021, las reclamaciones se toparon con desestimaciones, silencio administrativo y la negativa del Defensor del Pueblo Andaluz, aun cuando el TSJ ya había anulado el planeamiento en 2019 y el Ayuntamiento certificó en 2021 que el suelo era No Urbanizable Natural o Rural. Ni siquiera el TEARA, que en noviembre de 2021 ordenó revisar el expediente, consiguió desbloquear la situación: Catastro volvió a desestimar en mayo de 2022.

El 3 de febrero de 2014 El Puerto Actualidad ya informaba sobre lo que se venía...

Finalmente, el TEAC, en 2025, zanja el asunto: al anularse el PGOU según el art. 62.2 de la Ley 30/1992, sus efectos son ex tunc, “como si nunca hubiera existido”, de modo que ninguna valoración urbana puede mantenerse en ningún momento.

Blanca subraya que su caso es el de cientos de vecinos de los diseminados, que pagan IBI urbano sin recibir servicios básicos: calles sin mantenimiento, contenedores lejanos, reparto postal irregular, trabas para obtener suministros y exigencias de AFO superiores a 3.000 euros. A ello suma el trato diferente respecto a las grandes constructoras que han levantado promociones en Centro Inglés, Valdelagrana, Avenida de la Libertad o Fuentebravía.

Los valores que debieron aplicarse desde el inicio son los de la Ponencia de 1993: 259,64 €/m² para construcciones, 181,51 €/m² para suelo de edificaciones y 28,13 €/m² para suelo rústico agrario. Blanca también recuerda la mala gestión de un antiguo presidente de la comunidad y destaca la labor de su abogado, José Miguel Gómez Pedrosa, clave en sus dos victorias.

La vecina lo resume con claridad: “Hay que reclamar y no parar. Tener una vivienda en zona rústica no da derecho a que nos cobren como urbanos”.