La Policía Local de El Puerto este jueves por la mañana patrullando las calles. / P.P.M.

EL PUERTO.- Cuarto día de confinamiento en jornada laboral, quinto en total y acercádonos a la semana, por el Covid-19, y las autoridades policiales continúan con su labor de controlar que la población de El Puerto de Santa María cumpla con las medidas del decreto de estado de alarma, así como garantizar la seguridad en las calles.

A pesar de las sanciones, el civismo y el compromiso general sigue siendo muy bueno

En estos momentos, son ya más de 150 las sanciones que entre Policía Local y Nacional se han interpuesto en la ciudad por incumplir el confinamiento.

A las dos de 3.000 euros interpuestas hace dos días por hacer una fiesta en una azotea comunitaria y difundirla por Internet, se le suman –en las últimas horas– otras 22 sanciones de 1.500 euros por no respetar las normas del estado de alarma, en base a la Ley 17/2015 de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Así como otras cuatro de 601 euros en base a la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo de protección de la seguridad ciudadana, por desobediencia a la autoridad, y otras tantas sanciones de la Policía Nacional.

A pesar de las sanciones, el civismo y el compromiso de la mayor parte de la población portuense sigue siendo muy bueno, indican las autoridades, que insisten en recalcar la obligación de que toda la ciudadanía respete las normas y se mantenga confinada en sus domicilios, exceptuando los casos permitidos y debidamente justificados.

No se trata de ninguna broma, la Policía Local, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas patrullan día y noche las calles y carreteras, en una ejemplar y gran labor inédita en la historia reciente de España. Las sanciones están cayendo para aquellos incumplidores. Se pide máxima colaboración y compromiso para poder superar esta grave crisis sanitaria lo antes posible.

 

Supuestos en los que se puede salir

Durante la duración del estado de alarma, decretado por el Gobierno de España, los ciudadanos no pueden salir de sus casas. De lo contrario, pueden ser sancionados con multas que irán desde los 100 euros hasta los 30.000 o un año de prisión, en función de la gravedad de los hechos. Sin embargo, hay ocho supuestos por los que los ciudadanos españoles sí podrán salir de casa, según el Decreto. Estos son:

-Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad (se recomienda guardar recibo o ticket de compra).

-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

-Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial (se recomienda portar justificante de la empresa).

-Retorno al lugar de residencia habitual.

-Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

-Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.

-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

-Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

El incumplimento de cualquiera de estos preceptos repercute en que cualquier autoridad policial de España, dependiente ahora del Ministerio del Interior, tiene la facultad para sancionar a los ciudadanos y cada agente aplicará la ley según cada caso particular, atendiendo a su lógico y justo criterio.