El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María ha conseguido una subvención para el desarrollo y ejecución de estrategias locales que promuevan la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas en el marco de la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS+), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus; que se destinarán a la zona de Barrio Alto, Sudamérica y Los Milagros.

Los ediles Gran Ciudad, Función Pública y Organización Municipal, Javier Bello y de Bienestar Social, Carmen Lara, explican que con estos fondos de cohesión se trabajará para continuar ayudando a un total de 479 portuenses.

A través de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente se ha aprobado la resolución definitiva del reparto de los fondos destinados a las entidades locales de la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS+), cofinanciada por el Fondo Social Europeo (FSE+) y la propia Junta de Andalucía, consignándosele a El Puerto cerca de dos millones de euros (1.955.906,82 €).



La distribución de la subvención será de un total de 163.388,10 €, para 2023; 448.129,68 € para 2024; 448.129,68 €, para 2025; 448.129,68 €, para 2026 y un total de 448.129,68 € para el año 2027, con un periodo de ejecución del programa, dentro del cual deben estar comprendidos los gastos subvencionables, recogidos en la Orden de 15 de noviembre de 2023, se extiende desde el día 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2028, ambos inclusive.

A cambio, el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María deberá cumplir las medidas y obligaciones establecidas en el Apartado 22 del Cuadro Resumen de la citada Orden de 15 de noviembre de 2023, que se sustancia en presentar en el plazo de seis meses, desde la fecha de concesión de la ayuda, un Plan Local de Intervención cuya vigencia esté centrada en el periodo de ejecución del Proyecto subvencionado; someterse a las medidas establecidas por la Dirección General competente en materia de Servicios Sociales, a través de la Delegación Territorial correspondiente para garantizar la evaluación y calidad de las acciones subvencionadas; someterse a las actuaciones de control realizadas por la Dirección General competente en materia de fondos europeos y otros organismos; comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas; todos los documentos deberán tener reflejo en la contabilidad de la entidad beneficiaria, de forma separada, con objeto de identificar todos los gastos y pagos realizados, de acuerdo con la

normativa aplicable; conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control; la obligación de cumplimentar el Registro de Personas Participantes, de igual forma, la tramitación del itinerario de Inclusión Sociolaboral deberá ser realizada a través de la aplicación designada para ello, así como la aportación de toda la documentación requerida con respecto al desarrollo de las Estrategias Locales para la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión social en Zonas Desfavorecidas.

Además, el Consistorio beneficiario tiene la obligación de cumplir con las instrucciones, recomendaciones u orientaciones dictadas por la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente respecto a la aplicación de criterios de actuación, evaluación y/o justificación del proyecto subvencionado; la obligación de utilizar los instrumentos y soportes definidos por la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente para el desarrollo de las Estrategias Locales para la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión social en Zonas Desfavorecidas, y de atender a las peticiones de información relativas a la ejecución del proyecto siguiendo los modelos proporcionados por el órgano concedente, los cuales deberán ser cumplimentados respetando los formatos facilitados; la obligación de todas las personas que intervengan en el proceso de la selección de las entidades beneficiarias de la subvención, o en los procesos de verificación del cumplimiento de las condiciones, así como en el proceso de selección del personal contratado por las entidades beneficiarias para la ejecución del proyecto, de manifestar de forma expresa la ausencia de conflicto de intereses o de causa de abstención y, por último, la obligación de participar en todas las acciones y actuaciones diseñadas por la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente en el marco del Plan de Comunicación del Proyecto.