La asociación España Cristiana, tras hacerse eco de la marcha reivindicativa, convocada por varias entidades, con motivo del 'Orgullo portuense' para el próximo día 1 de julio, contactó el pasado 20 de junio con la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, por medio de la presentación de un escrito, para oponerse a la finalización de la marcha en la Iglesia Mayor Prioral, donde según los convocantes de la manifestación tendrá lugar “una boda colectiva por el amor libre”, no habiendo obtenido aún respuesta alguna por dicha entidad.
En el escrito, España Cristiana asegura en nota de prensa no oponerse a la marcha reivindicativa, ya que el derecho de reunión y manifestación viene reconocido por el artículo 21 de la Constitución Española. No obstante, debido a que esta marcha termina en la Iglesia Mayor Prioral según los propios manifestantes, y que la celebración de la Santa Misa y posterior salida procesional de la Virgen de las Nieves coincidirá con la finalización de dicha manifestación, esta asociación cristiana reivindica el cambio de lugar de culminación de dicha marcha.
Por eso menciona en su documento que la autoridad gubernativa goza de potestad para suspender y disolver las reuniones y manifestaciones en los supuestos tasados por el artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio o, podrá prohibirlas o, en su caso, limitarlas proponiendo la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario de las mismas (artículo 10).
España Cristiana pone de manifiesto la existencia de una colisión entre el derecho fundamental a la reunión colectiva en un lugar de tránsito público -o manifestación- que asiste a los primeros y el derecho fundamental a la libertad religiosa o de culto de aquellas personas que, a la hora prevista de la llegada de dicha manifestación, se hallen celebrando la citada Santa Misa, orando o procesionando con la imagen de la virgen, circunstancia que además, genera el riesgo potencial de motivar altercados en la vía pública y alteración del orden público que pongan en entredicho la integridad de las personas y de los bienes.
Esta asociación cristiana portuense le recuerda a la Subdelegación del Gobierno que el derecho de libertad religiosa viene reconocido por el artículo 16 de la Constitución Española y en el artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, como extensión del derecho fundamental a la libertad de pensamiento y de conciencia, y a expresar dichas ideas o creencias, o profesarlas, individual o colectivamente, mediante el culto, sin intromisiones públicas o privadas. Así como la obligación del gobierno español de proteger su ejercicio real y efectivo
La asociación España Cristiana anima a los cristianos portuenses y visitantes a la ciudad de El Puerto, a la participación en la Santa Misa que se celebrará en la Basílica Menor Nuestra Señora de los Milagros el día 1 de julio a las 20:00 horas y a la posterior salida procesional de la Virgen de las Nieves en acción de gracias por su bendición por el señor Obispo de la Diócesis de Asidonia Jerez.